Justicia
México: La Corte resuelve que en salarios caídos no cuentan las horas extras
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las horas extras laboradas no forman parte del salario integrado para cuantificar el pago de salarios caídos en un problema laboral.
Durante la sesión, los ministros resolvieron la contradicción de Tesis 99/2012, en la cual se estableció que, de acuerdo con la Jurisprudencia 137/2009, el salario regular es el previsto en el Artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo.
Detallaron que ahí se establece que este salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, además de gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación entregada al trabajador por labor.
En este sentido, la SCJN determinó que la cantidad por concepto de horas extraordinarias sea motivo de condena en un juicio laboral, no puede formar parte del salario integrado para porque se duplicaría el pago.
La Segunda Sala precisó que tampoco deberá cuantificarse en un salario regular conceptos como el aguinaldo o la prima vacacional pues esto no se entrega al trabajador de forma ordinaria como parte de su sueldo mensual.
(Publicado por La Crónica - México, 17 mayo 2012)