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Argentina: Senado aprueba ley de “muerte digna” para enfermos terminales

El Senado de Argentina aprobó ayer por unanimidad con 54 votos a favor y ninguno en contra, una ley de “muerte digna” que garantiza el derecho de los enfermos terminales a rechazar cirugías, tratamientos médicos o de reanimación para prolongar su vida que le produzcan sufrimientos. Esta norma, que entrará en vigor una vez promulgada, no autoriza la eutanasia (muerte inducida), ya que las leyes argentinas la castigan como homicidio

jueves, 10 de maio de 2012

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Argentina: Senado aprueba ley de “muerte digna” para enfermos terminales

El Senado de Argentina aprobó ayer por unanimidad con 54 votos a favor y ninguno en contra, una ley de “muerte digna” que garantiza el derecho de los enfermos terminales a rechazar cirugías, tratamientos médicos o de reanimación para prolongar su vida que le produzcan sufrimientos. Esta norma, que entrará en vigor una vez promulgada, no autoriza la eutanasia (muerte inducida), ya que las leyes argentinas la castigan como homicidio.

Esta iniciativa comenzó a debatirse en septiembre del 2011 luego de que Selva Herbón, madre de una bebé en estado vegetativo irreversible desde su nacimiento pidiera públicamente la "urgente" aplicación de una ley de "muerte digna".

Selva Herbón publicó una carta dirigida a la presidenta argentina, Cristina Fernández, para pedirle la aplicación de esta ley ya que su bebé de dos años, Camila, es víctima de una "clara obstinación terapéutica".

Desahuciado

Herbón recordó que tres comités de bioética han desahuciado a Camila, pero los médicos se niegan a desconectar los aparatos que la mantienen viva por temor a una reclamación judicial.

Esta ley avalada en noviembre del 2011 por la Cámara de Diputados, remarca que “ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones” de esta norma “está sujeto a responsabilidad civil, penal o administrativa” por las consecuencias de su aplicación.

En caso de que el paciente no esté en condiciones de manifestar su voluntad por razones físicas, lo podrán hacer sus familiares directos.

(Publicado por El Clarín – Argentina, 10 mayo 2012)
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