martes, 13 de março de 2012


Dólares

Argentina: Más trabas para viajeros que compren dólares en el exterior

El Banco Central dispuso que sólo podrán sacar divisas de los cajeros quienes tengan cuentas en dólares en el país. El monto que se extraiga debe estar depositado en esa misma cuenta en dólares.

El Banco Central dio ayer un nuevo paso en su política de restricción cambiaria al establecer que sólo podrán extraer divisas en cajeros automáticos en el exterior quienes tengan previamente cuentas en dólares en el país.

Hasta ahora, los bancos permitían retirar entre US$ 200 y US$400 por día a los viajeros, monto que luego se debitaba de las cuentas en pesos de los clientes en el país al tipo de cambio del día.

A partir del 3 de abril sólo podrán hacer uso de este servicio quienes tengan cuentas en dólares y los dólares depositados en dichas cuentas.

La extracción de dinero desde el exterior se popularizó entre los 2 millones de argentinos que viajaron al extranjero en 2011 y que destinaron solo a gastos, sin contar pasajes, US$ 2.824 millones según el INDEC.

Mediante el uso del cajero para sacar dólares o euros u otras divisas en el exterior el año pasado se extrajeron unos US$ 500 millones.

El número no es tan significativo al lado de los US$ 21.500 millones que en total se fugaron en 2011, pero forma parte del paquete de medidas -como la reforma de la Carta Orgánica del Central, el freno a las importaciones y la restricción del giro de utilidades al exterior- que apunta a juntar los US$ 15.000 millones para pagar la deuda de este año.

Desde la entidad que dirige Mercedes Marcó del Pont, explicaron que esta iniciativa -que fue publicada en la circular 5294- tiene como objetivo reforzar el cepo cambiario que impuso el Gobierno el 1* de noviembre, cuando se dispuso que todo aquel que quisiera comprar dólares debía contar antes con el permiso de la AFIP, según requisitos que nunca explicitó .

Aquella medida, según los bancos, provocó una caída del 30% en las compras de moneda extranjera. Y ante la imposibilidad de comprar billetes, muchos viajeros aprovecharon la estadía en el exterior para hacerse de los dólares que desde el organismo dirigido por Ricardo Echegaray no se les permitían adquirir en los mostradores de casas de cambio y bancos.

Según cuentan desde la autoridad monetaria, fue la AFIP quien tomó nota del incremento en el volumen de divisas que salió del país mediante este tipo de extracciones.

Así, habría sido el organismo que dirige Ricardo Echegaray el que elevó el pedido a Marcó del Pont para que imponga los límites necesarios.

De hecho, según cuentan fuentes allegadas a la puesta en marcha de la nueva medida, la presidente del Banco Central quería que la modificación entrara en vigencia en el día de ayer, pero desde el equipo de especialistas que la acompañan la habrían hecho entrar en razón de que se precisaban de algunas semanas para que los bancos pudieran dar aviso a sus clientes y no perjudicar a aquellos turistas que aún están en el extranjero y que contaban con esta herramienta para poder pagar sus gastos.

A partir del 3 de abril, el monto que se extraiga tiene que estar depositado en la cuenta en dólares ya que la operatoria que antes se realizaba sobre la cuenta en pesos se hará directamente con un débito automático en los fondos que el consumidor tenga en moneda extranjera.

No obstante, las restricciones no alcanzan a los compras con tarjeta de crédito en comercios del exterior, ni tampoco se aplica a las extracciones en cajeros que los títulares de tarjetas de crédito pueden hacer en otros países, que se toman como adelantos de gastos y que luego se incluyen en el resumen mensual.

Y también están a salvo las compras con tarjeta de débito.

La nueva disposición del Banco Central generó malestar y confusión en los viajeros. Al trascender la novedad, se multiplicaron las consultas en las entidades financieras, muchas de las cuales a media mañana aun no sabían cómo explicar el alcance de la misma a sus clientes.

“Con esta nueva medida se genera ruido justo cuando el dólar está estabilizado, hay liquidez y las tasa de interés están bajando”, se quejó un banquero.

Asimismo, los especialistas temen que la nueva restricción alimente al mercado paralelo del dólar.

Ayer el billete que se vende en las cuevas trepó a 4,75 -10 centavos más que la semana pasada - y explotaron en Sociedades de Bolsa los pedidos de operaciones de “contado con liqui”, mecanismo que se utiliza para la fuga de dinero y que colocó al dólar fuga en 5 pesos.

Control a las operaciones

El Banco Central deberá dar "conformidad" cuando se trate de contratos entre firmas vinculadas entre sí y las cuentas a pagar superen los 100.000 dólares por año. Pusieron el mismo límite para el pago de alquileres a no residentes.

Con una nueva circular, el Banco Central añadió una extensa serie de actividades a las que deberán someterse a una "conformidad previa" de la entidad monetaria para acceder al mercado de cambios cuando el prestador resida en el exterior y tenga un vínculo directo o indirecto con la parte local. La nueva comunicación, la A 5295, fue emitida el viernes y amplía a la A 5264, del 3 de enero.

Las actividades incluidas en la nueva circular son "servicios de información e informática; servicios empresariales profesionales y técnicos; regalías, patentes y marcas; primas por préstamos de jugadores; derechos de autor; servicios personales; culturales y recreativos; pagos de garantías comerciales por exportaciones de bienes y servicios; derechos de explotación de películas, video y audio extranjeras; servicios por transferencias de tecnología".

En todos esos casos, a partir de ahora y cuando el prestador sea un residente en el exterior vinculado "en forma directa o indirecta" con el deudor local –es decir, que se trate de una casa matriz y su filial, de empresas distintas con los mismos directores u otras firmas que tengan participación recíproca, entre otros- "el acceso al mercado local de cambios (...) estará sujeto a la conformidad del Banco Central" cuando se trate de pagos o deudas superiores a cien mil dólares anuales.

Esto quiere decir que, en esos casos, las operaciones deberán contar con la aprobación del BCRA antes de completarse.

La misma restricción se estableció para el pago alquileres y arrendamientos de inmuebles ubicados en el país de propiedad de no residentes y para "otras rentas pagadas al exterior". Esas operaciones deberán ser aprobadas por el Central cuando superen los cien mil dólares anuales y se realicen entre personas o empresas relacionadas en forma directa o indirecta.

(Publicado por El Clarín – Argentina, 13 marzo 2012)
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