martes, 13 de dezembro de 2011


Demanda

Colombia: Denunciarían al Procurador si prescribe el caso Gómez

Si el expediente prescribe, la Veeduría instaurará denuncia disciplinaria contra el procurador Alejandro Ordóñez ante la Corte Suprema de Justicia e indagará sobre el buen número de procesos represados en este organismo".

Fue el anuncio de la Red de Veedurías en cuanto al caso de la denominada `puerta giratoria` protagonizada esta vez por Alfonso Gómez Palacio como presidente de la creada Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP-Coltel.

Para el director de Servicios Públicos de la Red de Veedurías, Libardo Espítia, es importante resaltar que la Constitución Política de 1991 señaló que la prestación de los servicios públicos son inherentes a la función social del Estado por lo tanto su prestación constituye una función administrativa.

Este caso se remonta al 7 de agosto de 2002 cuando el entonces presidente de la República Álvaro Uribe Vélez nombró como presidente de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones-Telecom, empresa industrial y comercial del Estado, a Alfonso Gómez Palacio y el 12 de junio de 2003 fue liquidada.

Mediante el Decreto 1616 de 2003 con los activos de la liquidada Telecom, fue creada Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP-Coltel como empresa prestadora del servicio público domiciliario de comunicaciones 100% pública o oficial y presidida por Alfonso Gómez Palacio. Coltel entró a hacer parte del sector descentralizado por servicios perteneciente a la Rama Ejecutiva del poder público del orden nacional.

Esta nueva compañía, según Espítia, al ser parte de la Rama Ejecutiva y cumplir la función de prestar el servicio público domiciliario de telecomunicaciones también debía aplicar los principios rectores de la función administrativa.

"De acuerdo con la ley 489 de 1998 la función administrativa se desarrolla conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia, con ella el Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política. Los organismos, entidades y personas encargadas, de manera permanente o transitoria, del ejercicio de funciones administrativas deben ejercerlas consultando el interés general", estableció la Red de Veedurías.

Por ello, según la entidad, el régimen de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades es aplicable a los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas y de los representantes legales incluyendo a sus gerentes, directores o presidentes, en síntesis son disciplinables por la Procuraduría General de la Nación. "Así las cosas para la época de los hechos, esto es el 7 de abril de 2006, el señor Alfonso Gómez Palacio era un servidor público disciplinable por el Ministerio Público y al capitalizarse el 52% de Coltel a Telefónica Móviles, Gómez Palacio pasaba a ser un particular que ya no representaba los intereses generales de la Nación; sin embargo, continuó en el cargo como si nada", dijo el director de servicios públicos de la Red de Veedurías.

Afirmó además que precisamente este paso de Gómez es prohibido por el Código Unico Disciplinario y por tal razón se instauró la denuncia de carácter disciplinario ante la Procuraduría General de la Nación el 17 de octubre de 2007, expediente que según la Red, está próximo a prescribir por "negligencia del ente disciplinario en manos de Alejandro Ordoñez Maldonado".

"No sobra indicar que el prestador del servicio de internet en la Procuraduría es Telefónica", cconcluyó Espítia.

Antecedentes

El caso se remonta al 7 de agosto de 2002 cuando Álvaro Uribe Vélez nombró como presidente de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones-Telecom, a Alfonso Gómez Palacio, firma que fue liquidada el 12 de junio de 2003. Mediante el Decreto 1616 de 2003 con los activos de la liquidada Telecom, fue creada Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP-Coltel como empresa prestadora del servicio público domiciliario de comunicaciones 100% pública o oficial y presidida por Gómez. Según la Red de Veedurías, es preocupante que la función disciplinaria de la Procuraduría sea eficiente solo para unos funcionarios.

(Publicado por La República – Colombia, 11 diciembre 2011)
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