Sistema carcelario
Uruguay: Ejecutivo envía proyecto de sistema penitenciario
Con la firma del presidente José Mujica, el Poder Ejecutivo remitió ayer al Parlamento un proyecto de Ley de Organización del Sistema Penitenciario Nacional, que regula el funcionamiento del Instituto Nacional de Rehabilitación y regirá en todas las cárceles del país.
El proyecto prevé que cuando el hacinamiento supere el 50% -lo que es considerado "crítico"- se comunique a los jueces penales de los reclusos con dos tercios de la condena cumplida u otras condiciones que habiliten su liberación u medidas alternativas a la prisión.
El proyecto clasifica a los privados de libertad en tres ítems: género, estado del proceso penal, primarios o con antecedentes y estado de salud. Las cárceles también están clasificadas de acuerdo a criterios de seguridad progresivos.
Los directores de los centros de reclusión son responsables de mantener la existencia, condición e higiene de los establecimientos, prevé la propuesta.
Los establecimientos deberán alojar única y exclusivamente a la cantidad de personas para las que fueron diseñados. Para controlar este punto, se establece una comisión de seguimiento del hacinamiento, de carácter consultiva.
Si la capacidad es superada entre un 10% y 20%, se calificará como aceptable; entre 30% y 50% alto y superando la mitad, se considerará crítico.
Entre el personal de las cárceles habrá un escalafón policial , uno de funcionarios penitenciarios y otro de técnicos o personal de apoyo. Se crea además una carrera penitenciaria, que actualmente no existe, cuyos funcionarios deben cumplir 48 horas semanales.
Unidad de internación de personas privadas de libertad, es la denominación con la que el proyecto expresa se denominarán a las cárceles. Añade que las mujeres y los hombres serán internados preferentemente en establecimientos o módulos diferentes y que las personas con "identidad sexual diferente, como gays, lesbianas y travestidos", serán recluidos en secciones separadas dentro de establecimientos destinados al mismo género.
Señala que las personas en prisión preventiva y los penados estén en lugares diferentes, como también que los primarios absolutos y los autores de delitos culposos permanezcan en centros de confianza o de mínima seguridad. El texto hace mención a los acuerdos multipartidarios en materia de seguridad.
(Publicado por El País – Uruguay, 18 agosto 2011)
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