jueves, 12 de maio de 2011


Ley

Colombia: Corte Constitucional tumbó reforma del Código de Minas

Según el presidente de la Corte, magistrado Juan Carlos Henao, se consideró la inconstitucionalidad puesto que dicha ley podría atentar los derechos medioambientales.

Con una votación de siete a uno, la Corte Constitucional declaró inexequible la ley por la cual se modificaba el Código de Minas, porque no se realizó la consulta previa a las comunidades indígenas.

"Se declaró inexequible porque no se realizó la consulta previa que se le debía hacer a las comunidades indígenas y la cual según la jurisprudencia colombiana es obligatoria hacer para respetarle los derechos a estas comunidades", precisó el magistrado.

Con esta decisión, el congreso de la República tiene dos años, contados a partir de la fecha, para modificar la Ley 1382 de 2010 que tenía como finalidad la reforma del código que permite la explotación de minas en todo el país, razón por la cual sigue vigente por este plazo la Ley 685 de 2001.

El presidente del alto tribunal aclaró que era de "menester importancia" declarar inconstitucional esta ley pues traía implícita medidas para la explotación minera en páramos y humedales que se debe revisar con las personas directamente afectadas.

(Publicado por La República– Colombia, 12 mayo 2011)
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