jueves, 3 de fevereiro de 2011


Ley

Venezuela: Presidente promulga Ley de Vivienda

El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, manifestó que esta misma noche promulgará el Decreto Ley de Vivienda, el cual fue aprobado en el marco de la Habilitante.

La afirmación la hizo durante acto especial con motivo de sus 12 años al frente del Gobierno nacional, transmitido a través de la red de radios y estaciones de televisión en poder del Ejecutivo.

Más temprano, Hugo Chávez que el próximo viernes festejará el 19 aniversario del golpe de Estado frustrado que lideró el 4 de febrero de 1992, aunque sostuvo que está "al otro extremo" del dictador chileno Augusto Pinochet.

"A mi me dicen golpista. Está bien, díganme como quieran: dictador, golpista (...), pero no. Yo soy anti golpista. Nosotros, como soldados, estamos al otro extremo de Pinochet, que sí fue un golpista", sostuvo en un centro médico que opera en Caracas con la ayuda del Gobierno de Cuba, reseñó Efe.

Como teniente coronel del Ejército, Chávez lideró la intentona contra el presidente de la época, Carlos Andrés Pérez, quien tres años antes había ordenado a los soldados sofocar a tiros la revuelta popular "El Caracazo", desatada por unas alzas de precios y tarifas recomendadas por el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Esa revuelta popular, agregó hoy Chávez, "fue la mecha, el disparador de la rebelión de la juventud militar que ya no aguantaba más" recibir órdenes de disparar contra civiles, como aconteció entonces con un saldo extraoficial de más de un millar de muertos.

Tras dos años encarcelado, Chávez fue amnistiado, dejó las filas castrenses y creó un partido político que lo presentó como candidato en las presidenciales que ganó en diciembre de 1998, para ser investido por primera vez el 2 de febrero de 1999, duodécimo aniversario que celebró hoy con varias alocuciones televisadas

Ley impone modelo de propiedad de la fallida reforma constitucional

Aun cuando la Constitución establece el derecho que de los propietarios a disponer de sus bienes, la Ley de Emergencia para Terrenos y Vivienda se lo prohíbe indefinidamente a quienes no tengan casa propia y reciban inmuebles con subsidios del Estado para Terrenos y Vivienda dejó claro que la propiedad individual, sustituta de la privada en el sistema socialista, prohíbe disponer de la vivienda como establece la Constitución.

La nueva normativa, vigente desde el 28 de enero de 2011, establece que los damnificados o quienes no tengan vivienda propia, que la adquieran con subsidio del Estado, deberán "abstenerse de realizar actos de disposición parcial o total de los derechos adjudicados", específicamente: "venta, donaciones, alquileres, cesiones o constituciones de hipotecas".

El artículo 115 de la carta magna "garantiza el derecho de propiedad" y señala que "toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes". En ese sentido, ser propietario no implica solamente usar los bienes, sino terner la libertad de realizar transacciones económicas con ellos.

La propiedad privada no existe en la definición del socialismo venezolano, publicado por primera vez en el Reglamento de la Ley del Consejo Federal de Gobierno y ratificado en la Ley Orgánica del Poder Popular. Las propiedades a las que sí hace referencia son únicamente la individual o familiar.

Tampoco figura en la definición de socialismo la posibilidad de disponer de los inmuebles.

Pero la nueva ley aprobada en el marco de la Habilitante da un paso más adelante. No sólo deja en el tintero la disposición de bienes, sino que la prohíbe indefinidamente.

La definición de socialismo y ahora la Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda coinciden con la noción de propiedad establecida en el artículo 21 de la Constitución de Cuba, donde no hay referencias a la propiedad privada.

La carta magna cubana "garantiza la propiedad personal sobre los ingresos y ahorros procedentes del trabajo propio, sobre la vivienda que se posea con justo titulo de dominio y los demás bienes y objetos que sirven para la satisfacción de las necesidades materiales y culturales de la persona".

(Publicado por El Universal y el Nacional – Venezuela, 2 febrero 2011)
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