jueves, 29 de julho de 2010


TC

Chile: Sorpresa en la industria por fallo del TC que obliga a cambiar cálculo de planes de Isapres

El Tribunal Constitucional optó por una salida intermedia para zanjar el problema de la aplicación de la tabla de factores de riesgo de los planes de las Isapres – Instituciones de salud previsional -, al obligar a la Superintendencia de Salud a cambiar los parámetros que se utilizan para el cálculo de los precios que deben utilizar las aseguradoras privadas.

El fallo votado ayer no elimina la tabla de factores ni la utilización del sexo y la edad para calcular el riesgo. "Algo así hubiese generado la anarquía jurídica y habría perjudicado a los millones de beneficiarios del sistema", explica el abogado constitucionalista Teodoro Ribera, quien representó al Presidente Sebastián Piñera en esta causa ante el tribunal.

Lo que sí se derogó en la decisión del TC fue la forma en que se ha hecho hasta ahora ese cálculo, al quitarle a la Superintendencia de Salud las atribuciones que se contenían en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 38 ter de la ley de isapres, referidas a los tramos de edad en los que ocurrirán los cambios de precios y la relación máxima entre el factor más alto y el más bajo del sistema. Hasta hoy, esa relación permite una diferencia máxima de nueve veces en los precios de las mujeres y hasta 14 en los de los hombres. Es decir, seguirá habiendo tablas de factores, pero éstas deberán cambiar los tramos de edad que hasta hoy son de cinco años cada uno. Y para disminuir la diferencias, Salud enviará un proyecto de ley que las limite a un máximo de seis.

La tabla de factores ha sido objetada en más de cuarenta ocasiones ante el mismo tribunal por personas que las consideran discriminatorias, ya que por el solo hecho de cumplir años y cambiar de tramo etario, los cotizantes ven aumentado el precio que pagan mensualmente por sus planes de salud. La situación es aún más crítica en las afiliadas mujeres, a quienes se les aplican alzas mayores durante su vida fértil.

Sin embargo, esta "sorpresa" de parte del TC generó una serie de diversas interpretaciones sobre los alcances de la votación. La que anoche hizo el ministro de Salud, Jaime Mañalich, es que los precios de los jóvenes subirían alrededor de 30%, mismo porcentaje que bajarían los planes para los adultos mayores y mujeres. Además, Mañalich expuso que "la estructuración de la tabla de factores va a tener que establecerse por ley y no por dictamen de la Superintendencia de Salud".

Este último punto es rebatido por el ex superintendente Manuel Inostroza, quien afirma que la ley de isapres sigue entregándole la facultad a la superintendencia para regular administrativamente la tabla.

Según altas fuentes del Tribunal Constitucional, la decisión se sustenta en la igualdad ante la ley, por lo que no se pueden establecer diferencias en perjuicio de la mujer, en este caso. También se basa en que ni la autoridad ni la ley pueden generar diferencias arbitrarias, como ocurría hasta ahora, y en el derecho a la salud.

El TC aclaró además que el fallo no tendrá efecto retroactivo, por lo que la gente que hoy es cotizante no debería ver alterados sus planes a no ser que los modifiquen por decisión propia. Además, aquellos usuarios que se sientan perjudicados por las tablas actuales podrán seguir recurriendo al TC como hasta ahora. La sentencia deberá ser ejecutoriada en 30 días a partir de ayer, pero en el tribunal afirmaron que esto ocurrirá en un plazo menor.


En números

1.356.463 cotizantes tiene el sistema de aseguradoras privadas en el país.

2.705.917 beneficiarios componen las carteras de las isapres.

522.379 mujeres que tienen entre 15 y 40 años son beneficiarias de las aseguradoras.

187.168 personas mayores de 60 años hay en el sistema de isapres.

Isapres, clínicas y ex autoridad desdramatizan efectos del fallo y piden una pronta intervención del Ejecutivo para normar el sistema

Las primeras reacciones obtenidas por "El Mercurio" una vez conocida la votación del Tribunal Constitucional (TC) desdramatizaron los efectos que la decisión tendría para el sistema de las aseguradoras y sus afiliados.

El abogado Hernán Fontaine, socio del estudio jurídico Fontaine y Compañía, que asesora a la isapre Cruz Blanca, asegura que la resolución del TC no necesariamente representa el peor escenario para las isapres.

"La sentencia no quiere decir que serán nulas las disposiciones relativas a la tabla de factores de riesgo para fijar precios de contratos de salud, sino que será necesario que la Superintendencia de Salud decida un camino a seguir con las normativas que ha dictado", dice Fontaine.

El abogado explica que este fallo no deroga el concepto de tabla de factores por sexo y edad, sino que termina con la disposición de la Superintendencia para fijar tablas de precios. "De modo que se da un plazo o tarea al Legislativo para sacar una ley que pueda recoger el concepto de tabla de factores", comenta.

En esa dirección, Héctor Sánchez, director ejecutivo de la Fundación Salud y Futuro y ex superintendente de Isapres durante el gobierno de Patricio Aylwin, considera imperativo que el Gobierno "en el más breve plazo trate de llegar a un acuerdo para que se pueda plantear una modificación a la ley donde se respete la presentación del Tribunal Constitucional". De esta forma, dice Sánchez, "se podría implementar una salida para los nuevos contratos que las personas firmen con las isapres de ahora en adelante porque hay que recalcar que el fallo no es retroactivo y afecta sólo a los contratos futuros".

Por su parte, las clínicas privadas también se han puesto en alerta frente al fallo. Ana María Albornoz, gerenta general de la Asociación de Clínicas, dice que el no conocer la nueva normativa que se aplicará en el sistema privado genera mucha incertidumbre.

"Si la gente que se atiende por el seguro privado enfrenta una situación de incertidumbre, lo llevará a cambiarse a Fonasa. Y el que las personas dejen sus isapres, generará una baja en la actividad de las clínicas", explica. La mayoría de las horas médicas del país, puntualiza, se efectúan en el sector privado. "Unas 500 mil personas se podrían ir a Fonasa; eso repercute negativamente en los prestadores privados".

La antesala del dictamen

Julio de 2008

El Tribunal Constitucional (TC) acoge un recurso de inaplicabilidad presentado en octubre de 2007 por la cotizante Silvia Peña, de la isapre ING Salud (ahora Cruz Blanca), a quien le aumentó el costo de su plan de salud de 7,4 UF ($149 mil) a 9,4 UF ($190 mil) al cumplir 60 años.

2009

Durante todo el año, el TC acoge y sanciona como inconstitucionales otras dos causas individuales presentadas por usuarios. En sus fallos, argumenta transgresiones a distintos artículos de la Constitución.

Julio de 2009

Un grupo de parlamentarios de la Concertación le solicita al TC que se pronuncie sobre la constitucionalidad del artículo 38 ter de la Ley de Isapres, el cual establece las tablas de riesgo por tramos de edad y género para calcular los costos de los planes.

Abril de 2010

El TC accede a pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo.

Junio de 2010

El Gobierno anuncia que enviará un proyecto de ley para reformar la Ley de Isapres, de cara al inminente fallo que declararía inconstitucional las tablas de factores.

27 de julio de 2010

El TC declara la inconstitucionalidad de los numerales del artículo 38 ter que establecen la diferenciación de costos por tramos etarios y género.

Ministro y expertos hacen su propia interpretación de la votación del TC

Para el ministro de Salud, Jaime Mañalich: "La libertad de fijar los precios mediante una circular queda restringida y las libertades para establecer diferencias entre hombres y mujeres y jóvenes y adultos mayores se amortiguan generando mayor solidaridad".

Para Teodoro Ribera, Representante del Presidente en la causa ante el TC: "El TC lo que está diciendo es que es el legislador, y no la Superintendencia de Salud, el encargado de acotar los tramos y que las diferencias entre ellos no pueden ser tan agudas y ni arbitrarias".

En tanto para Susana Jiménez, Economista de Libertad y Desarrollo: "El sistema deberá organizarse en torno al fallo. Esto puede encarecer los planes de ciertos grupos, así como también abaratar los de otros. Al final del día, habrá una migración importante de cotizantes de bajo riesgo al sistema público".

Héctor Sánchez, Director Instituto Salud y Futuro, dijo: "Lo que está haciendo el TC es decir que el fallo no se aplica con efecto retroactivo, por lo que a los actuales afiliados no les afecta. Para los nuevos cotizantes en cada plan se les va a tener que cobrar una prima única".

(Publicado por El Mercurio - Chile, 28 julio 2010)

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