Sentencia
Paraguay: Jueza aplica contra el Estado interés de ¡2% mensual en dólares!
El Estado paraguayo deberá pagar una suma superior a los cinco millones de dólares, por incumplimiento de contrato con una empresa de lácteos española. Casi el 50 por ciento corresponde a los intereses fijados por la jueza Mirta Ozuna de Cazal. La magistrada insólitamente estableció el 2% mensual para el pago de la mora en dólares.
El 28 de diciembre del año 2000, durante el gobierno de Luis González Macchi, se firmó un contrato entre el entonces ministro de Agricultura Enrique García de Zúñiga y la empresa Grupanor-Cercampo SA.
La firma española había ganado una licitación pública internacional del sector lácteo y agropecuario. Al respecto suscribió con el Estado paraguayo el contrato de adhesión que era parte del pliego de bases y condiciones en el que estaba establecido el acuerdo de arbitraje, que señalaba que cualquier reclamo se haría ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara Internacional, con sede en París, Francia.
Ante el incumplimiento de contrato la empresa española demandó al Estado en febrero de 2005, ya durante el gobierno de Nicanor Duarte Frutos.
El Estado fue representado por el entonces procurador Benigno Rojas Vía. El 1 de mayo de 2006, la Cámara condenó al Estado a pagar la suma de US$ 2.197.214, 40 como lucro cesante y 627.731,92 como daño emergente.
El posterior procurador Nelson Mora presentó una declaración autónoma de nulidad, a la que la empresa española, representada por el abogado Juan Ernesto Villamayor, se opuso con una excepción de incompetencia de jurisdicción. En primera instancia, el Estado ganó la posibilidad de que el proceso se vuelva a tramitar ante los tribunales paraguayos, pero en segunda instancia y la Corte perdió con lo que el fallo del tribunal de París quedó firme.
A la hora de ejecutar la sentencia, la jueza Ozuna de Cazal aplicó el 2% de interés bajo el argumento de que “se corresponde con lo establecido regularmente para este tipo de juicios”.
Con esto la jueza estableció un interés anual en dólares del 24 por ciento y al momento de la resolución ya habían transcurrido 42 meses.
En la resolución de fecha 22 de diciembre de 2009, la jueza Ozuna dispuso que el Estado pague la suma US$ 2.824.942,32 más 2.372.951,54, en concepto de intereses. El agujero al Estado seguirá creciendo con el transcurso del tiempo, debido a la desmedida tasa de interés fijada, a la que nadie se opuso.
También los honorarios
La jueza Mirtha Ozuna de Cazal reguló los honorarios del abogado Juan Ernesto Villamayor en la suma de G. 1.244.895.579, más G. 124.895.579, en concepto del impuesto de valor agregado.
También reguló los honorarios del abogado Sergio Coscia Nogués, en concepto de procurador en la suma de G. 642.447.790, más G. 62.244.779, de IVA.
La jueza aplicó el 5% , en la regulación del honorario del abogado Villamayor y el 2, 5% , la del procurador, “atendiendo a la complejidad, extensión y eficacia jurídica de las labores desarrolladas”, dice la resolución de la jueza de fecha 3 de febrero pasado.
(Publicado por El Diario ABC – Paraguay, 26 abril 2010)
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