Sentencia

Sala IV suspende decreto que regula fecundación ‘in vitro’ : Costa Rica

Grupo de 3 jueces cree que es la Corte IDH la que debe estudiar el decreto

jueves, 8 de outubro de 2015

La Sala IV acogió una acción de inconstitucionalidad contra el decreto que emitió, el 11 de setiembre, el Poder Ejecutivo para regular la fertilización  in vitro (FIV) en el país.

El acuerdo de la Sala IV implica que la técnica de reproducción asistida no se podrá implementar hasta tanto no se resuelva la acción, para lo cual no hay un plazo límite.

La acción la interpuso un grupo de diputados cristianos.

Fue en el 2000 cuando la propia Sala IV decidió prohibir la FIV en Costa Rica.

 Pugna.  Por mayoría, los magistrados decidieron suspender la aplicación de la FIV mientras resuelven la acción, porque sus efectos serían irreversibles.

El magistrado Gilbert Armijo, presidente de la Sala IV, votó en contra, junto con Nancy Hernández y Ernesto Jinesta.

Según Armijo, la Sala IV no debe tomar decisiones sobre este decreto, en vista de que el tema también lo está discutiendo la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que debe pronunciarse sobre si la reglamentación emitida por el Poder Ejecutivo cumple con las exigencias de la sentencia del 28 de noviembre del 2012, cuando se condenó al Estado y se le exigió aplicar la FIV.

 Cristianos celebran.  El reglamento estableció un plazo de seis meses para que el Ministerio de Salud creara la normativa técnica y los protocolos para la transferencia de óvulos, y dio a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) un plazo de hasta dos años para empezar a implementar la FIV. Esos tiempos empezaron a correr en el momento de la publicación del decreto.

El diputado Mario Redondo, de Alianza Demócrata Cristiana (ADC), uno de los firmantes de la acción, dijo estar satisfecho con la decisión de los magistrados que, según él, demuestra que los alegatos del bloque cristiano son razonables.

Redondo explicó que la acción se sustenta en tres pilares: que la regulación de la FIV se puede realizar solo mediante una ley y no con un decreto ejecutivo, que dicha regla violenta la autonomía de la CCSS, la Convención sobre los Derechos del Niño y el principio constitucional de inviolabilidad de la vida humana.

“Lo más importante es que nos permite salvar vidas, porque cada día que podamos retrasar la FIV estamos salvando a embriones humanos”, recalcó.

Antes de publicarse el decreto, el director jurídico de Casa Presidencial, Marvin Carvajal, declaró ante los medios de comunicación que la norma era lo suficientemente fuerte para superar el tamiz de la Sala Constitucional.

Anoche, el ministro de la Presidencia, Sergio Alfaro, reiteró estar convencido de que el decreto es constitucional.

“Estamos convencidos de que, con este decreto, el Estado cumple lo dispuesto por la Corte IDH, regula la FIV y, por ende, respalda la vigencia plena de los derechos humanos en Costa Rica”, dijo.  Colaboraron   Esteban oviedo y Manuel Avendaño

(Publicado por La Nación - Costa Rica, 8 octubre 2015)

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