Constituyente

TSJ declara inadmisible recurso de la fiscal contra la Constituyente: Venezuela

La Sala Electoral alega que la medida fue tomada ante la "inepta acumulación de pretensiones"

lunes, 12 de junho de 2017

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este lunes inadmisible el recurso presentado por la fiscal general, Luisa Ortega Díaz, en contra de la Constituyente convocada por el presidente Nicolás Maduro.

El poder judicial alegó que el amparo cautelar es inoficioso por la "inepta acumulación de pretensiones".

El pasado jueves, la fiscal acudió al Poder Judicial para solicitar la anulación de todos los procedimientos relacionados con la Asamblea Nacional Constituyente. Alegó que el proceso ha avanzado de manera ilegal e irregular, violando la Constitución vigente y vulnerando derechos humanos fundamentales.

Ortega Díaz pidió a los venezolanos adherirse al documento que presentó para manifestar su desacuerdo contra la Constituyente. Dirigentes opositores respaldaron estas declaraciones y para este lunes, pautaron una actividad en la que invitaron a los ciudadanos a acudir a la sede del TSJ y unirse al recurso.

Criticos

La diputada ante la Asamblea Nacional, Delsa Solórzano, indicó que están formalmente cerradas todas las instancias nacionales para rechazar la Constituyente, luego de la desición del Tribunal Supremo de Justicia de declarar inadmisible el recurso presentado por la fiscal general.

La parlamentaria agregó que tras esta medida se debe acudir a instancias internacionales para lograr suspender el proceso. A su juicio, la decisión del Poder Judicial pretende detener la voluntad de los ciudadanos de rechazar la Constituyente.

"Con esto quedan agotadas las instancias nacionales y se puede acudir a las internacionales inmediatamente. Seguimos en la calle", puntualizó la dirigente.

Este lunes, la Sala Electoral del TSJ declaró indadmisible el recurso interpuesto por la fiscal general Luisa Ortega Díaz en contra del proceso promovido por el presidente Nicolás Maduro.

El Poder Judial alegó que la sentencia se produce ante la "inepta acumulación de pretensiones".
(Publicado por El Nacional - Venezuela, 12 junio 2017)
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