Injurias

Ecuador: Rafael Correa recibirá indeminización de unos US$D 120 000

Polémica desató ayer el fallo de la jueza Lucy Blacio contra el legislador Cléver Jiménez. La funcionaria no solo pasó por alto la inmunidad que cobija a los asambleístas, sino que dispuso una reparación económica de 20 salarios presidenciales

jueves, 18 de abril de 2013


Sentencia

Ecuador: Rafael Correa recibirá indeminización de unos US$ 120 000

Polémica desató ayer el fallo de la jueza Lucy Blacio contra el legislador Cléver Jiménez. La funcionaria no solo pasó por alto la inmunidad que cobija a los asambleístas, sino que dispuso una reparación económica de 20 salarios presidenciales.

La defensa del asambleísta Cléver Jiménez, y de los activistas políticos Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa, presentará hasta el viernes el pedido de apelación a la sentencia dictada en su contra.

Ellos fueron condenados por el supuesto delito de injurias contra el presidente Rafael Correa.

La jueza de la Corte Nacional de Justicia, Lucy Blacio, dictó la prisión de 18 meses para Jiménez y Villavicencio; mientras que para Figueroa el fallo fue de seis meses de encarcelamiento.

Para la defensa de Jiménez, hay tres puntos polémicos que envuelven a este caso y que generan dudas.

Además, el dictamen judicial fue rechazado por la Coordinadora Plurinacional de las Izquierdas, que ayer aseguró que se agotarán todos los recursos legales para demostrar que esta querella iniciada por el Mandatario, es una "persecución política", como respuesta a las actuaciones de su asambleísta quien ha revelado supuestos "actos de corrupción del Gobierno".

El movimiento indígena advirtió que estará movilizado y hará un plantón para exigir que se respete el derecho que tienen los ciudadanos de pedir que se investiguen los hechos referentes a la revuelta del 30 de septiembre del 2010.

La rebelión policial de ese día fue el tema que motivó la demanda del Mandatario. A su criterio, los tres imputados lo acusaron de haber cometido un delito de lesa humanidad sin haber tenido ninguna prueba. "Dijeron que me fui a la UTE, mientras ordenaba que dispararan al Hospital de la Policía y fingía mi rescate", señaló Correa.

Pero ayer, el abogado de los tres acusados, Julio Sarango, explicó que nunca se pudo ir a juicio por este caso y que sus defendidos no pudieron presentar sus argumentos sobre la denuncia.

Por ello, Sarango aclaró que la figura legal usada en este caso, y que motivó el fallo de Blacio, no era la adecuada. El artículo 494 del Código Penal señala que "serán reprimidos con prisión de tres meses a tres años, los que hubieren propuesto una acusación judicial, o hecho denuncia, que no hubiese sido probadas durante el juicio".

Según el jurista, nunca hubo un juicio que afecte la honra del Mandatario y que pueda caer en el delito de injurias. "Lo que no está tipificado en un Código no puede ser sancionado", dijo. Pero el abogado de Correa, Caupolicán Ochoa, explicó que la denuncia por sí sola permite contrademandar a quien la haya presentado.

20 salarios del Presidente es la indemnización que deberán pagar los acusados.

Varias sanciones en una sola condena

Prisión, disculpas, US$ 120 000...

La jueza Lucy Blacio estableció varias sanciones para los tres imputados. No solo es la prisión de seis meses impuesta para Figueroa y de 18 meses, contra Jiménez y Villavincencio. También está el pago de una multa (entre US$ 6 y 31) y de una indemnización al Primer Mandatario de unos US$ 120 000 (el sueldo del Presidente multiplicado por 20 meses que duró la querella). Además deben ofrecer disculpas públicas a Correa en los medios de comunicación del país.

Según la legisladora Lourdes Tibán, esta sentencia fue "hecha a medida del Presidente (...). Perdón solo a Dios", manifestó.

Para la Jueza el tema de las disculpas y el pago de la indemnización constituye una "reparación integral", que está consagrada en el artículo 78 de la Constitución: "Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial (...). Se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado (...)".

Según el jurista Santiago Guarderas este es el primer caso en el cual se aplican las disculpas públicas como mecanismo de reparación integral para una persona ofendida. "Si se aplica para el Presidente debería aplicarse para todas las personas que hayan sido víctimas de un delito. Además, quisiera saber en cuántos de los procesos judiciales que la jueza Blacio ha sentenciado, ha dispuesto que se ordene la reparación integral de esta forma. No puede ser solo para Correa".

Inmunidad Parlamentaria

Un vacío legal que no se aclara

La existencia de la inmunidad parlamentaria de Cléver Jiménez ha sido uno de los temas que más polémica ha levantado.

Por un lado, la jueza Blacio consideró que el delito por el que fue acusado estuvo por fuera de sus funciones de legislador. Pero, varias voces consideran que la magistrada debía pedir permiso al Pleno de la Asamblea, para iniciar con el proceso legal contra Jiménez.

Precisamente, este será uno de los elementos que se incluyan en la apelación que presentará la defensa del asambleísta.

El artículo 128 de la Constitución y el 111 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa señala que los legisladores "gozarán de fuero de Corte Nacional de Justicia y no serán civil ni penalmente responsables por las opiniones que emitan ni por las decisiones o actos que realicen en el ejercicio de sus funciones".

Por ello, el ex diputado y catedrático universitario, Marco Proaño Maya, considera que en la normativa existe una duda que todavía no ha sido resuelta. "Si se reconoce el fuero de Corte Nacional de Justicia para un legislador, ¿por qué no se reconoce la garantía de su inmunidad parlamentaria? Eso debería responder la justicia", cuestionó.

Para la asambleísta de Alianza País, María Augusta Calle, su colega de oposición no tenía ninguna protección especial porque "hizo una acusación temeraria, para asesinar la honra del Presidente", por lo que consideró que el juicio y la sentencia dictada en contra de Jiménez fue correcta y dictada conforme a lo que dispone la ley.

La curul para el próximo período

El caso no afectará la posesión

Al momento, la sentencia dictada en contra de Cléver Jiménez no afectaría su posesión como asambleísta reelecto, que se realizará el 14 de mayo próximo.

Esto, porque el fallo todavía no se encuentra ejecutoriado y el caso aún no ha sido cerrado, debido a que la defensa del legislador apelará la decisión judicial.

Si la sentencia llegara a confirmarse en las dos instancias restantes, el asambleísta podría perder su curul de legislador, en representación de Zamora Chinchipe.

Sin embargo, según el presidente del extinto Tribunal Supremo Electoral (TSE), Carlos Aguinaga, la decisión sobre el futuro de Jiménez en la Asamblea la tendrá esa misma instancia. "Si hay una causa posterior al proceso electoral, la competencia para sancionar le corresponde a la Asamblea a través de sus procedimientos internos. La sentencia emitida por la Función Judicial debe ser calificada por el Legislativo. No por el órgano electoral. Obviamente, primero tiene que estar ejecutoriada la sentencia".

Para su bancada política (Pachakutik), el objetivo del presidente Rafael Correa es quitarle a Jiménez su representación legislativa para "callarlo", por las denuncias que hizo. Entre ellas, la investigación sobre el crédito de Cofiec concedido al ciudadano argentino Gastón Duzac.

No obstante, hasta que exista una sentencia de última instancia todavía pueden pasar algunos meses, considerando que en la primera instancia del caso pasaron más de nueve antes de que existiese una sentencia condenatoria. El tiempo corre.

Lea en la integra la sentencia: presione aquí

(Publicado por El Comercio – Ecuador, 18 abril 2013)
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