Reforma
Chile: Piñera anuncia reforma al sistema procesal tras libertad de imputado
Un reestudio de la Reforma Procesal Penal vigente en el país desde hace 12 años que incluye el análisis de proyectos de ley, críticas realizadas por otros órganos del Estado y la visión de expertos en materia de seguridad anunció ayer el Presidente Sebastián Piñera. La iniciativa se viene trabajando formalmente desde hace un mes y fue anunciada ayer por el Mandatario en Arica. La reforma busca introducir una serie de modificaciones al actual sistema procesal penal a través de un proyecto de ley que el gobierno espera enviar en noviembre para su discusión en el Congreso.
En La Moneda se señala que las primeras inquietudes sobre el tema se generaron mientras el actual embajador de Chile en EE.UU., Felipe Bulnes, era ministro de Justicia (entre marzo de 2010 y julio de 2011).
“Enviaremos próximamente al Congreso un proyecto de ley que se va a llamar la ‘reforma a la reforma procesal penal’ que fue la que aprobamos hace algunos años, con una sola misión y un solo objetivo: fortalecer la lucha contra la delincuencia”, dijo Piñera.
El anuncio fue realizado un día después de que el 13º Juzgado de Garantía de Santiago, y no la Corte como informó ayer este diario, descartó en dos ocasiones dejar detenido a Pablo Avila Méndez (23), quien confesó el crimen del barrista de Colo Colo Claudio Licanqueo el pasado domingo en Macul. El anuncio generó opiniones disímiles entre abogados especialistas y expertos. Según revelaron fuentes de La Moneda, los pilares de la iniciativa se centrarán en endurecer las normas para otorgar libertad, hacer apelables las decisiones de los jueces de garantía de excluir pruebas durante la preparación de los juicios, ampliar las facultades de la policía para detener y someter a los jueces de garantía a una fiscalización por parte de tribunales superiores.
En el gobierno se explicó que no se necesita una reforma estructural, sino más bien cambios a las normas que rigen el sistema. El ministro de Justicia, Teodoro Ribera, dijo que “no queremos que exista impunidad respecto de personas que han cometido delitos”. Las alertas para concretar las modificaciones surgieron del análisis a los criterios usados por jueces de garantía para excluir pruebas en casos de alto impacto, sin posibilidad de apelación. Por ejemplo, el llamado caso bombas y la investigación del atentado explosivo cometido por Luciano Pitronello. El ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, agregó que “han pasado 10 años de nuestra reforma procesal penal y es obvio que ha quedando en evidencia que puede tener aspectos que hay que mejorar”.
La reforma en que trabaja el gobierno ya comenzó a ser analizada por Justicia junto a representantes del Poder Judicial y el Ministerio Público. En el gobierno señalaron que el Mandatario decidió adelantar el anuncio tras la liberación de Pablo Avila. Esta iniciativa, que modifica el Código Procesal Penal, deberá ser revisada por comisiones de ambas Cámaras. Luego, el texto deberá ser enviado a la Corte Suprema para su análisis y la elaboración de un informe. En caso de ser aprobado, deberá ser autorizado por el Tribunal Constitucional. En el gobierno estiman que podría ser ley en 2014.
1) Raúl Tavolari, asesor primera reforma
“Es probable que a 12 años de vigencia, hoy día pudieran revisarse algunos de los criterios que se tuvieron en cuenta cuando el Código Procesal Penal se redactó, en la segunda mitad de los 90. Se reaccionaba frente a un sistema que durante el siglo XX había sido extremadamente poco garantista. Hoy, cuando el país está políticamente estabilizado se pueden limitar algunas de las garantías que a fines de los 90 se impusieron en el sistema penal. Si buscamos endurecer el sistema, eso va a repercutir en el ámbito carcelario y habrá que buscar medidas para enfrentarlo. Las políticas públicas suponen equilibrios”.
2) Carlos Peña, rector de la UDP
“El anuncio repentino de esta reforma es comprensible desde el punto de vista político, pero no desde el jurídico. La reforma fue un largo proceso, en el que participó casi toda la comunidad jurídica. Decidir modificarla ahora, dando como única razón la decisión (correcta además) de una jueza de garantía, no es suficiente. Es comprensible que algo así moleste al común de las personas, pero no que moleste a autoridades. ¿Se pretende acaso que la detención ilegítima dé origen a actuaciones válidas? En consecuencia, si algo hay que revisar en este caso, no son las reglas de la prisión preventiva, sino las de la detención”.
3) Jorge Bofill, consejero Colegio de Abogados
“El Código Procesal Penal ha sido modificado en reiteradas oportunidades desde el año 2000. La última vez, fue en virtud de lo que se denominó una ley de agenda corta que terminó prácticamente por eliminar todas las normas que establecían casos en que no procedía la prisión preventiva. En mi opinión, hay una sobrerreacción injustificada del gobierno a una resolución judicial. Aquí se está pensando en modificaciones frente a un caso que es excepcional (el del barrista). En más del 90% de los casos los jueces acceden a la prisión preventiva. Cuesta imaginar una modificación legal que no sea improcedente”.
4) Luis Bates, ex ministro de Justicia
“Hacer reformas a partir de temas puntuales no es muy sano ni buena política. Las reformas tienen que hacerse para que duren en el tiempo, hacerlas sobre contingencias específicas no es bueno. Todo sistema o institución, por cierto que es susceptible de mejorarse, pero eso tiene que pasar por la discusión en el Congreso. Lo que ha faltado, desde que se implementó la reforma, es una mayor educación cívica a la comunidad, en qué consiste la reforma y cuál es el quehacer de los jueces, cuáles son los distintos intervinientes fiscales, defensores magistrados y sus funciones y límites”.
5) Eliana Claro, Libertad & Desarrollo
“La Reforma Procesal Penal ha sido un gran avance en nuestro país; que ha aumentado fuertemente el número de condenados privados de libertad (que ascienden a 53.000 en la actualidad) y que ha presentado indicadores de eficiencia positivos y de disminuciones de tiempo (en los procesos penales). A pesar de que el caso del barrista puede presentarse como un caso marginal, nosotros creemos que existen áreas de la Reforma Procesal Penal donde se pueden realizar mejoras y que tienen que ver, principalmente, con aumentar la rendición de cuentas de los distintos actores (evaluación fiscales, policías y jueces)”.
6) Lucía Dammert, experta en seguridad
“Legislar por escándalo es una pésima idea. Tratar de avanzar en mejorar la calidad de las leyes es una cosa súper positiva y, evidentemente, 10 años después de la reforma puede haber cosas que se requieren modificar, pero hay que sentarse a mirar los datos que lo justifiquen. En este sentido, no me queda claro que aumentar los niveles de uso de prisión preventiva sea realmente una necesidad. La utilización de la prisión preventiva es alta en el país y no al contrario. Celebro que se mire el tema de la seguridad con rigurosidad, pero no me queda claro cuáles son esos espacios que requieren mejoras hoy”.
7) Miguel Otero, abogado y ex embajador
“Se requieren modificaciones precisas y claras para que no sea un debate que se eternice. El objetivo es la defensa de los ciudadanos. Hay que darle mayores atribuciones a Carabineros, porque lo que no se investiga en las primeras 48 horas de ocurrido el delito, prácticamente las evidencias desaparecen. La policía tiene la obligación de investigar, le han quitado responsabilidades (...). En el caso de confesiones de delitos, lo que se tiene que hacer es que Carabineros pueda detener como ocurre con un delito flagrante. Además, hay que revisar las facultades de los jueces de garantía que excluyen pruebas de los juicios”.
Los argumentos de las juezas
Las consideraciones de las magistradas del 13° Juzgado de Garantía de Santiago -Natacha Ruz y Valeria Vega- para dejar en libertad a Pablo Avila tras confesar el crimen del barrista de Colo Colo Claudio Lincaqueo fueron las siguientes.
RR Testimonio de pareja. La jueza Natacha Ruz cuestionó la declaración de la pareja de Pablo Avila, quien fue interrogada por la PDI. La mujer accedió a una revisión de su automóvil y de su casa por parte de los detectives. Así se encontró el arma supuestamente utilizada. Además, declaró que su auto lo había usado Avila a la misma hora del crimen. La magistrada cuestionó el interrogatorio, debido a que los policías no le manifestaron a la mujer que no estaba obligada a declarar contra su pareja.
RR Control de identidad. La magistrada Ruz cuestionó el traslado de Pablo Avila al cuartel de la BH, puesto que los detectives le habrían señalado que le harían un control de identidad. La jueza estimó que el procedimiento era irregular, ya que no procedía un control de identidad debido a que Avila portaba su cédula y en ningún momento ocultó su nombre.
RR Derecho a guardar silencio. Durante la audiencia de formalización realizada el martes, la jueza Vega manifestó que ni a Avila ni a su pareja se les habían leído sus derechos, entre éstos el derecho a guardar silencio. Por esta razón, la magistrada consideró que la confesión que hizo era improcedente y no cumplía con los requisitos mínimos.
RR Sin abogado. Las magistradas señalan que al momento de confesar el asesinato, Avila no estaba en presencia de su abogado defensor como lo estipula la Constitución. Un comunicado del Poder Judicial señala al respecto que no se puede otorgar el mismo valor a una confesión entregada frente a la policía y el fiscal en condiciones “adversas” y “coercitivas” y, además, sin la presencia de un abogado defensor. Lo anterior, estimaron, vulneró sus garantías.
(Publicado por La Tercera - Chile, 4 octubre 2012)