Reforma Judicial

Argentina: Servini de Cubría falló contra la reforma K y frenó la elección de consejeros en la Magistratura

La jueza, con competencia electoral, declaró inconstitucionales cuatro artículos clave de la norma impulsada por el kirchnerismo.

miércoles, 12 de junho de 2013

Reforma Judicial

Argentina: Servini de Cubría falló contra la reforma K y frenó la elección de consejeros en la Magistratura

La jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría declaró esta noche la inconstitucionalidad de la elección popular de integrantes del Consejo de la Magistratura, que era impulsada por el kirchnerismo.

Fuentes judiciales informaron a la agencia DyN que la magistrada falló sobre dos recursos de amparo que habían presentado el presidente del Colegio Público de Abogados, Jorge Rizzo, y el Partido Demócrata Cristiano.

Al respecto, las fuentes destacaron que se trata del primer fallo judicial que resuelve sobre el fondo de la ley, porque hasta el momento se habían conocido medidas cautelares sobre el tema.

Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855 del Consejo de la Magistratura y del decreto 577/13 que convoca a elección de consejeros, abogados, jueces y académicos.

"Dejar sin efecto jurídico la convocatoria electoral prevista para la elección de miembros del Consejo de la Magistratura", resaltó el dictamen. Según las fuentes, el fallo de Servini de Cubría es apelable.

La jueza se reincorporó hoy a sus funciones luego de una semana de licencia.

En la víspera, el Ejecutivo había ratificado que las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se realizarán el 11 de agosto próximo, más allá de la decisión que pueda tomar la Justicia sobre la elección popular de los miembros del Consejo de la Magistratura.

En las últimas horas, el juez federal de San Martín Oscar Papavero había hecho lugar a un planteo del Colegio Público de Abogados de San Isidro, que pidió una acción declarativa de certeza contra la reforma por entender que los integrantes de su agrupación debían apelar a un partido político para poder ser parte del Consejo de la Magistratura.

El magistrado Papavero dictó la suspensión por seis meses de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la ley 26.855.

(Publicado por El Clarín – Argentina, 12 junio 2013)
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