Divorcio

España: Corte autoriza a un padre divorciado a dividir la casa en dos

El hombre pidió vivir en la planta baja, pero la mujer se opuso porque era "un ataque a la intimidad". Para la Justicia española, se trata de una simple "redistribución de espacios en el inmueble".

viernes, 1º de junho de 2012


Divorcio

España: la Corte autoriza a un padre divorciado a dividir la casa en dos

El hombre pidió vivir en la planta baja, pero la mujer se opuso porque era "un ataque a la intimidad". Para la Justicia española, se trata de una simple "redistribución de espacios en el inmueble".

¿Vivir bajo el mismo techo con el ex? Por más raro que parezca, eso es lo que hará un matrimonio que se divorció en 2009. O casi. La Corte Suprema de Justicia de España, autorizó a un hombre a dividir en dos la casa que compartía con su ex mujer.

Se trata de un padre divorciado que pidió dividir en dos la vivienda familiar para instalarse en la planta baja del inmueble, mientras que su ex esposa y sus dos hijos utilizarán el resto de la casa.

En la sentencia se anuló así el fallo de la Audiencia Provincial de Málaga de septiembre de 2010, que atribuyó a la madre y los niños el usufructo total de la casa, que el matrimonio compartió durante diez años.

La Corte tuvo en cuenta que se trata de un inmueble de tres plantas, en el que es posible la división material, y que no existe conflictividad entre los cónyuges.

En este sentido, señala que el inmueble es propiedad exclusiva del marido -lo adquirió antes del matrimonio- y que la propuesta de división no es tal, sino "una redistribución de espacios en el inmueble que no altera su régimen", con lo que se protege el interés de los hijos menores y del propio marido.

La pareja se casó en 1999, con el régimen económico de bienes gananciales (son comunes las ganancias o beneficios obtenidos durante el matrimonio), y tuvo dos hijos, que eran menores de edad cuando la mujer presentó la demanda de divorcio en 2009.

La madre pidió además de la guarda y custodia de los niños, el uso de la vivienda conyugal, alimentos y una pensión compensatoria.

El padre, que se opuso en parte a dicha demanda, señaló que en la planta baja de la casa tenía su taller, por lo que pidió que se le reservase el derecho de usar esta parte del inmueble para instalar allí su vivienda.

Un juzgado en primera instancia -que repone ahora el Tribunal Supremo- le dio la razón y le atribuyó al padre la planta baja y el sótano de la casa.

Pero la mujer apeló aquel primer fallo al argumentar que la división de la vivienda podría constituir un "ataque a la intimidad de las personas". Tras pasar todas las instancias judiciales, el caso llegó a la Corte que consideró que todos puedes convivir –casi- bajo el mismo techo.

(Publicado por EFE, 31 mayo 2012)
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