Veto parcial a Ley de Fomento Productivo llegó ayer a la Asamblea con 66 objeciones: Ecuador

Entre las observaciones se encuentran nuevas condiciones para acceder a los incentivos tributarios para la inversión y flexibilización para el cumplimiento de las reglas macrofiscales con respecto al endeudamiento.

jueves, 19 de julho de 2018

Luego de 27 días de aprobada la Ley de Fomento Productivo por parte de la Asamblea, el presidente Lenín Moreno envió ayer su veto parcial, que contiene 66 observaciones al texto aprobado.

Entre las observaciones se encuentran nuevas condiciones para acceder a los incentivos tributarios para la inversión y flexibilización para el cumplimiento de las reglas macrofiscales con respecto al endeudamiento.

De acuerdo con el texto, la exoneración del impuesto a la renta (IR) para las nuevas inversiones productivas en sectores priorizados y el industrial, tanto para empresas nuevas como para las ya existentes, está condicionada: “Solo en sociedades que generen empleo neto”. El texto dice que esto será precisado en el reglamento a la ley y de acuerdo con el tamaño de las empresas que quieran acceder al mismo.

Sobre la reglas macrofiscales, el texto indica que estas “podrán ser suspendidas temporalmente en al menos cuatro casos. Si ocurrieren catástrofes naturales, si hubiese una recesión económica grave o un desequilibrio en el sistema de pagos o situaciones de emergencia nacional. Para esta suspensión se requerirá la aprobación de la Asamblea con mayoría absoluta de sus miembros. También se suspenderán las reglas si el presidente declarara un Estado de Excepción.

Otro detalle importante, que podría dar luces sobre la búsqueda de fuentes de financiamiento del Gobierno, es que se indica que los Certificados del Tesoro (Cetes) que deben tener un periodo máximo de vigencia de 360 días, no serán tomados como deuda y podrán ser novados por el Ministerio de Finanzas. Se mantiene que el Banco Central del Ecuador (BCE) no podrá comprarlos.

En el tema de la reducción a 0% del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) de las cocinas de gas, se establece que esta será tanto para nacionales como para importadas.

Otras observaciones son de forma y de redacción.

De acuerdo con la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la Asamblea deberá examinar la objeción parcial dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la fecha de su entrega, y podrá, en un debate, allanarse a ella, en todo o en parte, y como consecuencia del allanamiento enmendar el proyecto con el voto favorable de la mayoría de asistentes.

También podrá ratificar el proyecto inicialmente aprobado con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros.

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(Publicado por El Universo, 19 de julio, 2018)

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