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Nueva sentencia del TSJ Limita actuaciones del MP : Venezuela

Los jueces en ejercicio de sus competencias podrán ordenarle continuar con la investigación, sin perjuicio de su autonomía para concluir la investigación nuevamente.

jueves, 13 de julho de 2017

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidió que el Ministerio Público (MP) solo podrá ser imputador ante jueces de control, medida que se tomó para evitar una posible vulneración de derechos constitucionales que puedan conllevar a una lesión jurídica irreparable.

De acuerdo a una nota de prensa del TSJ, esta sentencia tiene como propósito “garantizar el cumplimento de la legalidad en el proceso, en especial los derechos constitucionales del investigado, por lo que se acordó una metida cautelar que refiera que “toda persona investigada por la presunta comisión de algún hecho punible, solo obtendrá la condición de imputado una vez haya sido informado por parte del Ministerio Público con las garantías de defensa en la sede jurisdiccional, de los hechos de los cuales se le atribuye la participación o autoría, así como los elementos de convicción que sustentan dicha imputación.

Asimismo, indica que se estableció un régimen procesal transitorio, en el sentido de que, ante la solicitud de sobreseimiento por parte del Ministerio Público, los jueces en ejercicio de sus competencias podrán ordenarle continuar con la investigación, sin perjuicio de su autonomía para concluir la investigación nuevamente.

Vea la sentencia publicada por el TSJ a trávez de su cuenta Twitter.

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