La
Argentina y Estados Unidos firmaron ayer un memorando de entendimiento para
reanudar el intercambio de información sobre comercio exterior entre ambos
países. Uno de los objetivos es poder "perseguir las actividades
ilícitas" que puedan llegar a producirse (como el lavado de dinero). Otro
es proteger el intercambio comercial entre ambas naciones.
El
memorando fue firmado por el director de la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, y el embajador de los Estados Unidos, Noah
Mamet. También estuvieron el agregado en la Argentina del Servicio de
Inmigraciones y Control de Aduanas de EE.UU., Eddie Agrait, en el encuentro que
tuvo lugar en el Salón Tacchi de la dependencia fiscal.
"Este
documento que suscribimos hoy [por ayer] es una herramienta fundamental para
garantizar el comercio seguro y transparente entre ambas naciones", dijo
Echegaray.
"De
esta manera, retomamos el intercambio de información en comercio exterior, que
se había suscripto en 2006, pero ahora con un upgrade [actualización]
importante en nuestra base de datos siguiendo las prácticas del siglo
XXI", agregó.
Por su
parte, Mamet sostuvo que "el presente acuerdo es fundamental para
profundizar la colaboración entre la Argentina y Estados Unidos a los fines de
identificar y llevar a la justicia a los responsables del lavado de activos a
través de operaciones comerciales, fraude aduanero, movimiento de bienes
falsificados y demás ilícitos relacionados con la importación y exportación de
bienes y servicios".
El diplomático
afirmó que el acuerdo permitirá "perseguir a las organizaciones criminales
internacionales que, a través de los flujos de comercio, intentan blanquear
dinero obtenido por acciones ilícitas".
En tanto,
Echegaray calificó la firma de este acuerdo como "un buen gesto del
gobierno norteamericano de decir caminamos juntos hacia la transparencia".
Además, manifestó la necesidad de que Estados Unidos también suscriba con la
Argentina un convenio similar en materia financiera para acompañar el proceso
de la ley de cumplimiento fiscal de cuentas en el extranjero.
(Publicado
por La Nación – Argentina, 26 febrero 2015)
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